Urge la reforma del Ingreso Mínimo Vital: 30 medidas para su mejora

Constatamos un avance parcial reciente: por primera vez en casi cuatro años el ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones ha hecho público el número de prestaciones de IMV básico que se están pagando (376.073 en febrero 2024, muy lejos del objetivo de 800.000), pero: - Una gran mayoría de quienes lo necesitan no lo han solicitado. - Muchas de las solicitudes son denegadas (dos tercios de ellas en 2022, según AIReF). - Es fácil perder el IMV aunque se mantenga la vulnerabilidad económica (por otros requisitos). - Las familias que lo conservan sienten estar en una "montaña rusa" en la que pueden descarrilar. El Cuaderno de quejas presentado a ambos ministerios sugiere 30 medidas para una reforma urgente de la Ley 19/2021 y del RD 789/2022, así como para el abandono de ciertas interpretaciones arbitrarias del INSS y para la mejora de los procedimientos de gestión. - Regulación del complemento de vivienda paralizado desde junio de 2020; - Supresión de los condicionantes de excepción impuestos exclusivamente a determinadas franjas de población: personas que comparten piso porque no pueden permitirse otra solución habitacional, o menores de 30 años (con tasas de desempleo y pobreza altísimas). - Punto final a las suspensiones del pago del IMV debidas a que otras administraciones públicas no renuevan anualmente de oficio ciertas acreditaciones pese a que les obliga la Ley 19/2021. - Revisión del procedimiento de determinación de cuantía y/o revisión anual, para evitar que un porcentaje altísimo de las familias beneficiarias cobre cuantías erróneas durante al menos diez u once meses cada año, enfrentándose luego a exigencias de devolución de cientos o miles de euros. - Normalización, al modo de las rentas mínimas en las comunidades autónomas, de los ajustes a realizar si en una familia se produce la entrada o salida de algún miembro, lo que actualmente produce graves anomalías en la gestión del IMV sin base legal para ello. - Revisión de la exclusión total del acceso al IMV que padecen las familias en las que un miembro no tiene residencia legal en España o la tiene desde hace menos de un año. - Modificación de la interpretación arbitraria y a-legal que el INSS hace sobre las condiciones de acceso a la Ayuda para la Infancia para familias que no tienen derecho al IMV básico; - Revisión de los ingresos considerados no-computables a efectos de IMV, impidiendo que prestaciones como el bono térmico o el bono joven se descuenten del IMV a percibir en el año siguiente, así como abandono de la interpretación injustificada de la Ley 19/2021 por la que a algunas familias se les descuenta del IMV una parte -hasta unos siete mil euros- del IMV cobrado en el año anterior. - Detección por el INSS, en colaboración con otras entidades públicas, de núcleos susceptibles de ser beneficiarios de IMV, para informarles de ello y explicarles de forma comprensible los pasos a dar, pero sin cometer los errores ocurridos con el ya caducado Ingreso Mínimo Vital Transitorio...