Anpe Canarias pide que sea Educación quien tramite el certificado de antecedentes penales de los docentes
Este sindicato considera que la administración debe liderar este proceso
EDDC.NET / Santa Cruz de Tenerife
Anpe Canarias pide a la consejería de Educación que tramite el certificado de antecedentes penales que tendrán que presentar todos los profesores a partir del próximo año en cumplimiento con la ley 26/2015. Todos los docentes en activo estarán obligados a presentar una certificación negativa del registro central de delincuentes sexuales. Este documento, además, será un requisito de participación en todos los procesos selectivos de acceso a la función pública docente.
El sindicato educativo con más representación en la escuela pública de las Islas considera que la administración debe liderar este proceso y encargarse de cotejar los datos de los docentes. “Estamos totalmente de acuerdo con que se exija un certificado que avale que el trabajador no ha sido condenado por delitos contra la libertad sexual, tal como contempla la Ley de Protección Jurídica del Menor. Sin embargo, nos parece que debe ser la consejería quien se encargue de tramitar los certificados de los docentes funcionarios e interinos. Sus circunstancias cambian –nombramientos, concursos de traslados- y la consejería tiene que asumir esa responsabilidad burocrática que va en beneficio de todos”, explica Pedro Crespo, presidente de Anpe Canarias.
Esta norma entró en vigor el 18 de agosto de 2015, veinte días después de su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE). El gobierno contaba desde entonces con un plazo de seis meses para dictar las disposiciones reglamentarias oportunas para la organización del Registro Central de Delincuentes Sexuales. Este fichero no está disponible aún, por lo que la certificación a la que se refiere podrá ser emitida por el Registro Central de Antecedentes Penales.
Tendrán la obligación de acreditar esta certificación los cerca de 30.000 profesionales –más de 21.000 son docentes- incluidos en las siguientes categorías:
a) El personal docente.
b) El personal que preste servicios complementarios de transporte.
c) El personal que preste servicios complementarios de asistencia en el comedor.
d) El personal que preste servicios que impliquen el cuidado de menores en los centros docentes fuera del horario lectivo.
e) El personal que realice actividades extraescolares.
Según la ley, las administraciones educativas deberán solicitar a todas las personas con las que mantengan una relación estatutaria o laboral y que estén ejerciendo profesiones, oficios y actividades que impliquen contacto habitual con menores que aporten una certificación negativa del Registro Central de delincuentes sexuales.
Si fueran de origen extranjero o tuvieran otra nacionalidad, además deberán aportar un certificado negativo de antecedentes penales de su país de origen o de donde sean nacionales, traducido y legalizado de acuerdo con los convenios internacionales existentes.

