El Gobierno de Canarias oculta al MITECO una macrogranja marina en una zona de cetáceos y tortuga boba
La Subdirección General de Biodiversidad Terrestre y Marina del Ministerio para la Transición Ecológica constata que la Consejería de Agricultura nunca solicitó el preceptivo informe de afección sobre la ZEC Franja Marina Teno-Rasca, espacio protegido que alberga delfín mular, tortuga boba y tortuga verde
ELDIGITALDECANARIAS.NET/Canarias
La Asociación Tinerfeña de Amigos de la Naturaleza (ATAN) ha tenido conocimiento, a través de una solicitud de acceso a la información pública, de que el Gobierno de Canarias tramitó la concesión de una macropiscifactoría marina frente a las costas de Adeje sin informar en ningún momento al organismo estatal competente en la gestión del espacio marino protegido afectado. Así lo reconoce el propio Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO) en un oficio firmado el pasado 15 de junio.
La empresa SOCAT CANARIAS S.L. resultó adjudicataria, en febrero de 2026, de una concesión acuícola en la Zona de Interés Acuícola ZIA-TF-5, entre la Playa del Veril y la Playa de Troya, en el litoral del municipio de Adeje. El proyecto prevé la instalación de 24 jaulas de producción de 25 metros de diámetro, organizadas en dos entramados permanentes de 100 por 600 metros sobre 45 hectáreas de fondo marino, para una producción anual de 3.000 toneladas de lubina, dorada y medregal.
Lo que la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Soberanía Alimentaria omitió en todo momento es que esa zona se solapa directamente con la Zona Especial de Conservación marina ES7020017 Franja Marina Teno-Rasca, un espacio protegido de la Red Natura 2000 declarado precisamente por la presencia de delfín mular (Tursiops truncatus), tortuga boba (Caretta caretta) y bancos de arena. La ZIA-TF-5 coincide además, según el Plan de Gestión de la propia ZEC, con la zona que concentra el mayor número de avistamientos de ambas especies.
El MITECO, excluido del procedimiento
La Subdirección General de Biodiversidad Terrestre y Marina (SGBTM) del MITECO, organismo gestor de la ZEC, no tuvo conocimiento de la existencia del proyecto hasta el 22 de mayo de 2026, no por comunicación de la Consejería, sino a través del traslado del decreto de oposición del Ayuntamiento de Adeje. Hasta esa fecha, la Consejería había tramitado el concurso público, seleccionado al adjudicatario y sometido el proyecto a información pública sin solicitar en ningún momento el informe de afección legalmente exigido.
El artículo 46.4 de la Ley 42/2007 del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad y la disposición adicional séptima de la Ley 21/2013 de Evaluación Ambiental son inequívocos: cualquier proyecto que pueda afectar a una ZEC debe someterse a una evaluación adecuada de sus repercusiones, y el órgano competente para autorizarlo solo puede dar su conformidad tras cerciorarse de que no causará perjuicio a la integridad del espacio. Nada de esto se hizo.
El MITECO ha tenido que actuar de oficio, reclamando a la Consejería mediante oficio formal (ref. BIO/26/124, firmado el 15 de junio de 2026) toda la documentación del proyecto, incluidas las medidas preventivas, correctoras y compensatorias y el plan de vigilancia ambiental. La misma Subdirección ha confirmado a ATAN, en respuesta a una solicitud de acceso a la información presentada al amparo de la Ley 27/2006, que remitirá el informe de afección sobre la ZEC una vez lo emita.
Nulidad, incompatibilidad y opacidad
Las irregularidades no se limitan a la exclusión del MITECO. ATAN ya denunció en sus alegaciones de abril de 2026 que el procedimiento incurre en nulidad de pleno derecho por ausencia del preceptivo Estudio de Impacto Ambiental entre la documentación sometida a información pública; que tampoco consta el informe de compatibilidad con las estrategias marinas exigido por el Real Decreto 79/2019, sin el cual cualquier autorización carece de validez legal; y que el proyecto técnico fue firmado por un técnico sin competencia legal para suscribir proyectos de artefactos flotantes, según doctrina consolidada del Tribunal Supremo.
A ello se suma que la documentación facilitada a ATAN durante el trámite de información pública resultó incompleta y parcialmente censurada, y que la consulta presencial del expediente fue remitida a Las Palmas de Gran Canaria para un proyecto ubicado en Tenerife, dificultando materialmente el ejercicio del derecho de participación pública.
Estudios científicos financiados por el propio Gobierno de Canarias a través de fondos comunitarios han constatado que las interacciones entre la acuicultura y el delfín mular en esta zona siguen patrones que en otros lugares del mundo han derivado en impactos graves sobre la conservación de las poblaciones. La actividad acuícola figura además entre las amenazas identificadas para la tortuga verde (Chelonia mydas), especie prioritaria en peligro de extinción según la Directiva Hábitats.
ATAN exige la paralización definitiva del procedimiento
La Zona Especial de Conservación no puede seguir siendo un lugar donde cualquier tipo de explotación, ya sea acuícola, pesquera industrial y recreativa o cualquier actividad turística es bienvenida como si fuera un polígono industrial y turístico. Una ZEC es para la conservación, no para el lucro extractivista de una empresa.
Las granjas marinas son una actividad que produce graves impactos sobre el medio marino, lo que la hace incompatible con la conservación de los valores naturales de este espacio marino protegido de la Red Natura 2000.
ATAN seguirá ejerciendo todas las acciones legales a su alcance para garantizar la protección de uno de los espacios marinos más valiosos del archipiélago canario.