El TSJC absuelve a Águeda Montelongo por el caso ‘Patronato’

El alto tribunal asume que los pagos pudieron producirse por “error”

EDDC.NET / Las Palmas de Gran Canaria

El Tribunal Superior de Justicia de Canarias ha absuelto a la diputada del PP Águeda Montelongo en el caso Patronato, en el que se pedían para ella penas de cinco años y ocho meses de prisión, así como a los otros dos procesados en la causa, José Luis Cabrera y Santiago Santana.

La Fiscalía imputaba a Montelongo delitos de malversación, prevaricación y falsificación de documento público, porque consideraba que había amañado facturas del Patronato de Turismo de Fuerteventura, cuando era vicepresidenta de ese órgano, para pagar gastos de cargos de su partido como viajes promocionales de prensa.

En una sentencia hecha pública ayer viernes, cumplidos tres meses desde que terminó el juicio, el TSJC declara probado que esos pagos se produjeron, pero también que el Patronato de Turismo reconoció después que se trató de un error y las facturas fueron corregidas para que las abonaran quienes habían realizado los gastos: los senadores Tomás Burgos Beteta y Tomás Burgos Gallego, el diputado Ramón Moreno Bustos y el dirigente del PP canario Manuel Fernández.

La Sala de lo Penal coincide con la Fiscalía en que es posible y probable que el Patronato de Turismo de Fuerteventura disimulara esos pagos como supuestos viajes de periodistas por orden, indicación y sugerencia de la acusada Águeda Montelongo, presidenta del PP en la isla y conocedora de las visitas de índole político que habían realizado a ellas sus compañeros de filas.

El presidente del TSJC, Antonio Doreste, ponente de la sentencia, argumenta que es esa probabilidad la que ha justificado que estos hechos llegaran a juicio a pesar de que los pagos se corrigieron, pero también remarca que no resulta suficiente para producir en la Sala la convicción necesaria para fundamentar una condena penal.

Doreste recuerda que Montelongo y el gerente del Patronato de Turismo, el también acusado José Luis Cabrera, firmaban cada año casi mil expedientes de gastos de promoción turística de la isla y que lo hacían rutinariamente, por lo que considera creíble que firmaran también los tres expedientes que han motivado este juicio sin saber que en realidad detrás de ellos había gastos del PP.

El TSJC subraya que ninguno de los dos acusados cuestiona la irregularidad de esos pagos, sino que alegan que se trató de un error. Para la Sala, resulta clara la conclusión de que el gerente del Patronato no conocía la estancia en la isla de cargos orgánicos y electos del PP y menos aún que sus gastos se habían cargado a ese organismo público de promoción de Fuerteventura. Ello explica que le pasaran desapercibidos, máxime considerando la escasa cuantía de los pagos: los tres, se insiste, ascienden a un total de 1.345 euros, argumenta el presidente del tribunal.

El TSJC entiende que ese razonamiento es extensible a Águeda Montelongo, aunque en menor medida, porque como cargo público del PP sí tenía que conocer los viajes que habían realizado a la isla cargos de su partido e incluso cabe afirmar que ella fue la promotora de esas visitas. Sin embargo, precisa, eso no implica que autorizara los pagos de esos viajes con conocimiento de su falsedad.

La Sala reconoce que Montelongo rubricaba un millar de expedientes de ese tipo al año, por lo que ve creíble que esas facturas irregulares le pasaran desapercibidas en el conjunto de documentos puestos a su firma, máxime dada su magra cuantía.

El tercer acusado, el administrativo del Patronato Santiago Santana, sí que manifestó durante el juicio que tramitó esos pagos a sabiendas de su irregularidad siguiendo instrucciones de su jefa y líder política (este imputado también era militante del PP). No obstante, la Sala precisa que es la primera vez que presenta esa versión, porque sus 13 declaraciones anteriores (durante la instrucción) se mueven en el terreno de la ignorancia de los hechos, lo que supone una contradicción que, a su entender, se agudiza en vista de que dice estar políticamente enfrentado con Águeda Montelongo y que su relación con ella es inexistente.

El TSJC también le absuelve, pese a su reconocimiento parcial de los hechos, porque los cargos presentados contra él por la Fiscalía eran en concepto de cooperador necesario de los delitos atribuidos a los otros dos acusados, lo que impide condenarle a él solo.