Dos informes aclaran que la enmienda al presupuesto presentada por VxR, PP y C’s no se ajusta a la legalidad
Sendos informes, de la Intervención General y de Hacienda, echan por tierra la enmienda firmada por tres grupos de la oposición
EDDC.NET/Santa Cruz de Tenerife
El Equipo de Gobierno del Ayuntamiento de El Rosario propondrá al Pleno, en su próxima sesión, rechazar la enmienda parcial presentada al presupuesto municipal de 2016 por los grupos de la oposición Vecinos x El Rosario (VxR), Partido Popular (PP) y Ciudadanos (C’s) y que solicitaba una mayor rebaja fiscal del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) de Naturaleza Urbana de la ya prevista. Y lo hará basándose en dos informes, uno de la Intervención General y otro del área de Hacienda, en los que se fundamenta que la citada enmienda no se ajusta a la legalidad vigente.
La presentación de esta enmienda fuera de plazo ha retrasado la aprobación definitiva del presupuesto durante un mes con el consiguiente perjuicio para diferentes zonas del Municipio que necesitan actuaciones urgentes como la prevista en la calle Pizarro, en Radazul.
El informe de la Intervención General aclara que la enmienda al presupuesto fue presentada fuera de plazo y explica que han de ser presentadas en el momento de la presentación al Pleno del expediente presupuestario para su aprobación, enmienda o devolución. Cabe especificar que el presupuesto fue aprobado en la sesión plenaria del pasado 24 de noviembre de 2015 mientras que la enmienda fue presentada el 21 de diciembre, casi un mes después.
Por otro lado, entiende la Intervención General que si en lugar de una enmienda, el escrito presentado por los tres citados grupos políticos se considerase una reclamación tampoco se ajustaría a ninguno de los motivos legales recogidos en el ordenamiento por lo que también debería ser rechazada.
En este último caso, desde el área de Hacienda se detalla que las causas legales para presentar una reclamación al presupuesto son que su elaboración y aprobación no se ajustase a los trámites establecidos en la ley, que se omitiese el crédito necesario para el cumplimiento de las obligaciones exigibles a la entidad local o que existiese un desfase de los ingresos con respecto a los gastos presupuestados o bien de éstos respecto a las necesidades para las que esté previsto, no dándose ninguna de estas circunstancias.
Por último, desde el área de Hacienda se recuerda que las previsiones de ingresos en concepto de IBI incluidas en el presupuesto obedecen a los cálculos realizados por el Servicio de Rentas, teniendo en cuenta la realidad jurídica prevista en el momento de la entrada en vigor del Presupuesto, esto es, la aprobación de una modificación de la ordenanza fiscal de este impuesto para 2016 en la que se reduce el tipo impositivo del 0,54% al 0,48%, siendo la mayor rebaja fiscal operada en este impuesto en los últimos cinco años.
Así, para poder rebajar, aún más, la previsión de ingresos del IBI en el presupuesto de 2016 sería necesario primero incoar y aprobar un nuevo expediente de modificación de la ordenanza fiscal reguladora de dicho impuesto, fijando el tipo impositivo en el 0,45% que reclaman los tres grupos citados en lugar de en el 0,48% y ni siquiera esta modificación (teniendo en cuenta las fechas actuales), tendría efectos en el padrón fiscal de 2016, sino, como pronto en el de 2017.
