Javier Rolo se declara culpable de estafa y falsedad documental
El productor había sido denunciado por el Ayuntamiento de Candelaria
EDDC.NET / Santa Cruz de Tenerife
La sección sexta de la Audiencia Provincial ha condenado a Francisco Javier Rolo González como autor responsable de los delitos de estafa y falsificación de documento mercantil. Una vez el acusado, asume los hechos confesándose autor de los delitos de estafa y falsedad documental en el escrito de conformidad firmado conjuntamente por el Fiscal, el Ayuntamiento y el acusado.
Con esta sentencia se confirma que los hechos denunciados por el Ayuntamiento, en 2009, son ciertos y se actuó con el rigor y la diligencia debida. Cabe recordar, que desde que se tuvo conocimiento de los hechos, en enero de 2009, mediante requerimiento notarial de pago de las facturas por importes de 107.500 € y 425.250 €, pago que no atendió el Ayuntamiento al comprobarse que se habían satisfecho a Rolo Marrero SL, las cantidades estipuladas por la contratación del artista y por gastos de producción.
“Por ello, se desmienten rotundamente las informaciones malintencionados en las que se afirmaba que el Ayuntamiento había pagado doblemente por el concierto, cuestión que nunca ocurrió” apunta la alcaldesa, María Concepción Brito, quien por otro lado señala que la sentencia pone de relieve, además, “la correcta actuación del Ayuntamiento y de los trabajadores municipales, que se llegó a poner en duda”.
Una sentencia, a la que hay que sumar también el archivo, en junio de 2015, de la denuncia presentada por el ex- concejal del PP, José Fernando Gómez.
A este respecto, la alcaldesa espera que todos aquellos que pusieron en tela de juicio la actuación del Ayuntamiento, alcalde, concejal y personal municipal, con continuas declaraciones que solo buscaban menoscabar y dañar su imagen, sean consecuentes con sus palabras y realicen, al menos, una disculpa pública.
Condena
En el fallo de la Audiencia se condena al acusado de estafa y falsedad documental, imponiéndole la pena de 5 meses de prisión, inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante la condena y multa de 3 meses con una cuota de 4 euros por día por cada uno de los delitos. A lo que hay que sumar la condena en costas, incluyendo todos los gastos que este procedimiento ha supuesto al Ayuntamiento.
