Funcionarios de prisiones en territorio extrapeninsular podrán reclamar miles de euros tras la nueva doctrina del Supremo

Las sentencias STS 3631/2025 y STS 4420/2025 establecen un criterio uniforme y de obligado cumplimiento para todas las Administraciones

ELDIGITALDECANARIAS.NET/Madrid

Los funcionarios de prisiones destinados en territorios extrapeninsulares —Baleares, Canarias, Ceuta y Melilla— podrían recuperar cantidades significativas en concepto de atrasos salariales tras la reciente doctrina del Tribunal Supremo, que ha fijado que los complementos que se perciben de manera habitual forman parte de la retribución ordinaria, debiendo integrarse también en las pagas extraordinarias, las vacaciones y los permisos retribuidos.

Las sentencias STS 3631/2025 y STS 4420/2025 establecen un criterio uniforme y de obligado cumplimiento para todas las Administraciones:
si un complemento es fijo o se percibe con regularidad —como ocurre con los pluses de insularidad o los complementos específicos de destino en centros penitenciarios extrapeninsulares— debe incluirse automáticamente en todos los periodos retributivos, incluso cuando el funcionario no está prestando servicio efectivo.

Un colectivo especialmente afectado en territorios extrapeninsulares

Los funcionarios de prisiones destinados en Baleares, Canarias, Ceuta y Melilla perciben, además del complemento específico estatal, una serie de pluses derivados de la condición territorial, entre ellos:

  • Complemento específico incrementado por insularidad (Canarias y Baleares).

  • Complemento de residencia / indemnización por residencia (vigente en Ceuta y Melilla).

  • Otros pluses territoriales o estructurales asociados a la singularidad del puesto.

En la práctica, estos complementos se abonan todos los meses, lo que demuestra su naturaleza periódica y estructural, cumpliendo exactamente el perfil que el Tribunal Supremo exige para que deban incluirse en pagas extraordinarias y vacaciones.

Revisión reciente de viabilidad: muchos funcionarios no han cobrado lo que les corresponde

Unive Abogados ha revisado recientemente varias nóminas y estructuras retributivas de funcionarios de prisiones destinados en estas zonas extrapeninsulares.

El análisis revela que, pese a percibir de forma fija complementos de carácter insular, territorial o específico:

  • En muchos casos no se han incluido en la paga extraordinaria de verano,

  • Tampoco en la de Navidad,

  • Y en algunos supuestos tampoco se han reflejado en las vacaciones.Según la proyección jurídica realizada, estas diferencias pueden suponer cientos de euros por cada paga extraordinaria no calculada correctamente.

El impacto acumulado durante los cuatro años de prescripción puede alcanzar cuantías relevantes en cada funcionario.

Un criterio que avanza en otras comunidades y que ahora se aplica también a prisiones

Tribunales superiores como el TSJ de Galicia o el TSJ de Cataluña ya habían reconocido que complementos fijos —como nocturnidad, turnos o disponibilidad continuada— deben retribuirse en todos los periodos salariales.
Ahora, la doctrina del Tribunal Supremo extiende ese criterio a cualquier complemento habitual, lo que incluye los pluses estructurales propios de los destinos insulares o extrapeninsulares.

El tiempo corre: clave la prescripción

El Tribunal Supremo recuerda que las reclamaciones salariales frente a las Administraciones prescriben a los cuatro años.

Esto implica que cada mes sin reclamar supone una pérdida económica para el funcionario, especialmente relevante para recuperar la paga extraordinaria de Navidad de 2021, cuyo plazo expira el 30 de noviembre de 2025.

Unive Abogados ofrece revisión gratuita de nóminas para funcionarios de prisiones

Ante la magnitud del colectivo afectado y la claridad de la doctrina del Supremo, Unive Abogados ha abierto un servicio de revisión gratuita de nóminas y cálculo de atrasos para todos los funcionarios de prisiones.

El objetivo es determinar si sus complementos territoriales, de residencia o específicos se han integrado correctamente en pagas y vacaciones, y, en caso contrario, preparar la reclamación antes de que prescriba.