Seguro de coche obligatorio: por qué es recomendable contratar coberturas adicionales

En España aumenta el porcentaje de automovilistas que, debido a la crisis económica, optan por contratar un seguro de coche que solo cuenta con las coberturas obligatorias por ley

EDDC.NET/Madrid

Según las estadísticas que manejan los responsables de automóvil de la aseguradora Allianz, (www.allianz.es/seguro-de-coche.html) en España aumenta el porcentaje de automovilistas que, debido a la crisis económica, optan por contratar un seguro de coche que solo cuenta con las coberturas obligatorias por ley (o poco más).

Conque conozcamos cuáles son esas coberturas obligatorias y por qué es muy aconsejable cubrirse las espaldas mediante la contratación de algunas prestaciones adicionales.

¿Qué cubre el seguro obligatorio de automóvil?

El seguro obligatorio únicamente protege al conductor de los daños que pueda ocasionar en un accidente con culpa a terceras personas físicas y jurídicas, tanto si los daños son materiales como personales. Es decir, el seguro se hace cargo de reparar los daños o indemnizar a los perjudicados, hasta los importes fijados en el artículo 4.2. de la LRCSCVM (Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor), y que son los que siguen:

  • 70 millones de euros por siniestro, destinados a cubrir daños personales.
  • 15 millones de euros por siniestro, destinados a cubrir daños materiales.

Un dato a tener en cuenta es que, en un seguro obligatorio sin ninguna otra cobertura adicional, el conductor del vehículo queda excluido de las prestaciones obligatorias. Por lo tanto, en caso de accidente con culpa no solo tendrá que hacer frente al coste de reparación o sustitución de su vehículo, sino también a las facturas sanitarias que, si ha resultado lesionado, se deriven de su atención médica.

En definitiva, el conductor de un vehículo que sea considerado culpable de un accidente está totalmente desprotegido si su seguro solo incluye las prestaciones obligatorias.

Coberturas adicionales que de las que es aconsejable disponer

Conque, ¿qué coberturas conviene contratar para no estar a merced de esa y de otras posibles circunstancias adversas? Veamos:

En previsión de que el conductor sufra daños personales en un siniestro con culpa

Una cobertura que siempre ha de añadirse a las obligatorias es la de protección del conductor, también denominada seguro del conductor. De esta forma, este no tendrá que hacerse cargo de sus posibles gastos médicos u hospitalarios cuando ha sido el causante de un accidente de tráfico.

En previsión de circunstancias adversas que suceden frecuentemente

¿A quién no le ha dejado tirado el coche en medio de la carretera o de un vial urbano? ¿Y quién está libre de que se rompa una luna, bien en circulación o como resultado de un acto de vandalismo? Para estos dos casos están las siguientes coberturas, que elevarán muy poco la prima anual del seguro:

  • Asistencia en carretera.
  • Rotura de lunas.

En adición, otra cobertura altamente recomendable es la de protección ante siniestros provocados por la irrupción de especies cinegéticas en la calzada.

En previsión de circunstancias adversas infrecuentes, pero que pueden ocasionar un trastorno serio

No es muy habitual que nos roben el coche o que este se incendie, pero en caso de que alguno de esos sucesos ocurra, el perjuicio económico casi siempre será elevado. Por tanto, la prudencia aconseja contratar las coberturas de incendio y robo.

Añadimos que la mayoría de aseguradoras disponen de un producto denominado seguro a terceros ampliado, que incluye todas las coberturas señaladas anteriormente.

Finalmente, para vehículos de estreno o seminuevos, cuyo valor de mercado aún sea muy elevado, se recomienda también la contratación de la cobertura de daños propios, es decir, lo que a nivel coloquial es conocido como seguro a todo riesgo.