El gobierno de CC mantiene la discriminación de los trabajadores temporales en el Servicio Canario de Salud

Pese a reactivar la carrera profesional para el personal 

EDDC.NET / Santa Cruz de Tenerife

Según la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para el año 2018, ha sido descongelado el decreto de Carrera Profesional para el personal fijo estatutario, funcionario y laboral del Servicio Canario de Salud (SCS).

Tanto si se acceda por primera vez a la carrera profesional como una vez encuadrado, si en el transcurso de la suspensión que ahora acaba se ha acumulado tiempo trabajado suficiente, se encuadrará directamente en el grado al que pueda acceder en función de los servicios prestados, (procedimiento extraordinario) y deberá presentar su solicitud desde el 1 de Enero (cuando las Gerencias abran los plazos) hasta el 31 de Marzo de 2018, cuyos efectos económicos se producirán desde el 1 de Enero de 2018.

El personal fijo que cumpla los requisitos para promocionar al siguiente grado, es decir, que ya está encuadrado en la carrera profesional (procedimiento ordinario donde se valora tiempo trabajado y valoración completa del puesto de trabajo) debe presentar la solicitud entre el 1 de Abril y el 30 de Junio y los efectos económicos se producirán desde el 1 de Enero de 2019.

El personal que tome posesión con posterioridad a 1 de Enero de 2018, como resultado de los distintos procesos selectivos de los últimos años, deberán solicitar su encuadramiento por el procedimiento extraordinario dentro del mes siguiente a la fecha de publicación en el BOC de su nombramiento, produciendo efectos económicos desde la toma de posesión, lo que implica reconocer el periodo de servicios prestados con anterioridad para solicitar el encuadramiento por la vía extraordinaria en el grado correspondiente.

Desde Intersindical Canaria, entendemos que aunque es positivo el desbloqueo del decreto que hemos venido reivindicando, debemos insistir en que los elevados niveles de eventualidad en el SCS, hacen que un gran número de trabajadores con muchos años de servicios prestados, no puedan acceder a las cuantías salariales que suponen el encuadramiento en los diferentes niveles de carrera, rompiendo la máxima de “a igual trabajo, mismo salario”. Distintas sentencias tanto de Salas de lo Contencioso Administrativo como del Tribunal Supremo, han ratificado nuestra opinión coincidiendo en afirmar que el personal temporal tiene derecho a ser encuadrado en la carrera profesional y cobrar las cuantías de la misma manera que el personal fijo.

El gobierno canario, conocedor de este criterio, persiste en su ruindad de no modificar la regulación de la Carrera Profesional para incluir al personal contratado. Lo cierto es que, de este modo, ponen de manifiesto un trato discriminatorio entre sus trabajadores, ante lo cual, continuaremos con nuestras acciones sindicales y legales para el definitivo reconocimiento de este derecho.