Morir sin dolor y dignamente

Mucho se viene hablando en España de la muerte digna de un paciente en fase terminal. Muchos y diferentes son los casos de pacientes que presentan un cuadro patológico muy grave que requieren cuidados muy especiales, con el objetivo de evitarles sufrimiento y dolor. En muchas ocasiones, los conflictos entre familiares de los pacientes en fase terminal y equipos médicos de la unidad de paliativos, generan unas series de discusiones y desacuerdos en los que respecta al criterio de una muerte sin dolor y digna para el paciente que sufre una enfermedad incurable. Sin duda, en situaciones como estas, según comenta un especialista de Cuidados Paliativos: “hay que trabajarla con tiempo, y aquí también ayudan mucho las unidades de cuidados paliativos, donde se establece una buena relación con los familiares desde el principio. Se trabaja con la familia, con los psicólogos, con los trabajadores sociales… se toman decisiones consensuadas y se conocen por anticipado”.

Por todo ello, los Cuidados paliativos son aquellas atenciones que se dan a un paciente con una enfermedad potencialmente mortal, en fase avanzada, y al que no afectan los tratamientos curativos. En el conjunto del Sistema Nacional de Salud, el 30% de los pacientes que fallecen anualmente en España por una enfermedad terminal reciben estos cuidados.

Los cuidados paliativos son un concepto de la atención al paciente que incluye a profesionales de la salud y a voluntarios que proporcionan apoyo médico, psicológico y espiritual a enfermos terminales y a sus seres queridos. El objetivo es proporcionar a los pacientes comodidad y dignidad, controlando el dolor y mejorando su estado en lo posible.
Para acceder a los servicios de cuidados paliativos es imprescindible que se den las siguientes situaciones:

1. Presencia de una enfermedad avanzada, progresiva, incurable.
2. Falta de posibilidades razonables de respuesta al tratamiento específico.
3. Presencia de numerosos problemas o síntomas intensos, múltiples, multifactoriales y cambiantes.
4. Gran impacto emocional en paciente, familia y equipo terapéutico, muy relacionado con la presencia, explícita o no, de la muerte.
5. Pronóstico de vida inferior a 6 meses.

Los cuidados paliativos procuran conseguir que los pacientes dispongan de los días que les resten conscientes y libres de dolor, con los síntomas bajo control, de tal modo que los últimos días puedan discurrir con dignidad, en su casa o en un lugar lo más parecido posible, rodeados de la gente que les quiere. Estos cuidados ni aceleran ni detienen el proceso de morir. No prolongan la vida y tampoco aceleran la muerte. Solamente aportan los conocimientos especializados de cuidados médicos y psicológicos, y el soporte emocional y espiritual durante la fase terminal en un entorno que incluye el hogar, la familia y los amigos, a través de unidades de atención domiciliaria y unidades hospitalarias de agudos de media y larga estancia.

Actualmente los cuidados paliativos constituyen un derecho de los ciudadanos, una prestación asistencial reconocida y una disciplina madura que ofrece cada vez más y mejores resultados.
Información sobre cuidados paliativos y eutanasia:
Leyes relativas a la autonomía del paciente y cuidados paliativos en España.
• 1986 – Ley General de Sanidad, reconoce explícitamente el derecho del paciente a negarse a un tratamiento, requiriendo su consentimiento para cualquier tipo de intervención.
• 1995 – El nuevo Código Penal Español suaviza las penas por suicidio asistido y eutanasia.
• 2002 – Ley de Autonomía del Paciente, esta ley profundiza en los derechos individuales regulando el testamento vital, denominado documento de instrucciones previas o de voluntades anticipadas.
• 2010 – Andalucía – Ley de derechos y garantías de la dignidad de la persona en el proceso de la muerte.5
• 2011 – Aragón – Ley de Cuidados Paliativos y Muerte Digna.6
• 2011 – Navarra – Ley Foral de Derechos y Garantías de la Dignidad de las Personas en el proceso final de la vida.7
• 2011 – Proyecto de Ley Reguladora de los Derechos de la Persona ante el Proceso Final de la Vida. No fue tramitado.8 9
Por último, la asociación DMD promueve el cumplimiento de la legislación aprobada ya que considera que no se está cumpliendo la ley de autonomía del paciente en lo relativo a rechazo de tratamientos así como la legislación sobre cuidados paliativos.10

PALIATIVOS